Redes Sociales, Interacciones con los Medios y Ética Legal
Acoger el panorama de los medios de comunicación modernos suele plantear problemas éticos a los abogados en ejercicio. En esta publicación, exploramos algunos de los lineamientos sobre las redes sociales y las interacciones con los medios de comunicación ofrecidas por las Reglas Modelo de Conducta Profesional de la Asociación Estadounidense de Abogados (ABA, por sus siglas en inglés) y ofrecemos algunas sugerencias para evitar trampas éticas relacionadas.
Tiempo Aproximado de Lectura: 9 Minutos
Cuando los Padres Fundadores desarrollaron nuestro sistema de justicia estadounidense, no podrían haberse imaginado el panorama social moderno. En una época anterior al alumbrado eléctrico, el Internet, las redes sociales y la maquinaria mediática actual, sin duda, estaban muy lejos de su mente cuando desarrollaron la ley del país. No obstante, el interés de los medios de comunicación por los procedimientos legales ha tenido un impacto creciente en la profesión legal durante las últimas décadas y, más recientemente, los medios sociales han empezado a influir en el ejercicio efectivo de la abogacía y la administración de justicia.
Considera por un momento el reciente juicio de alto perfil entre Johnny Depp y Amber Heard. Su divorcio público fue noticia en 2016 y 2017 (en inglés) cuando Heard acusó a Depp de violencia doméstica y abusos. Las acusaciones dieron lugar a múltiples procesos legales en los que Depp perdió una demanda por difamación en el Reino Unido (en inglés) (y a su vez perdió importantes contratos cinematográficos (en inglés)), pero más tarde ganó una demanda por difamación en Estados Unidos contra Heard (en inglés).
Este último juicio en Estados Unidos se convirtió en una sensación en las redes sociales (en inglés) y la influencia de este frenesí mediático se convirtió en un tema muy debatido. Los abogados de Heard llegaron a afirmar (en inglés) que el equipo legal de Depp trabajó horas extras para demonizar a Heard e incluso declararon públicamente que las redes sociales influyeron en el resultado del juicio. Sin embargo, el equipo de Depp sostiene que las redes sociales no influyeron en el veredicto (en inglés), y un miembro del jurado declaró (en inglés) que las decisiones del jurado se guiaron por las pruebas y no por las redes sociales.
Si bien la cuestión del impacto de las redes sociales en el caso Depp/Heard sigue siendo objeto de debate público, pone a luz sobre el papel que desempeñan las redes sociales y los principales medios de comunicación en el sistema de justicia, especialmente cuando se trata de casos activos y en litigio.
Aunque esta publicación no sustituye a una opinión legal formal y no pretende ser una guía exhaustiva sobre el tema, sigue leyendo para explorar algunas reglas relevantes en las Reglas Modelo de Conducta Profesional de la Asociación Estadounidense de Abogados (en inglés) y aprender más sobre los deberes éticos que vinculan el uso de las redes sociales por parte de los abogados y sus interacciones con los medios de comunicación.
Deber de Confidencialidad
No hay duda de que el deber de confidencialidad impuesto por la Regla Modelo 1.6 (en inglés) (Confidencialidad de la Información) se aplica tanto a la actividad de un abogado en las redes sociales, como a sus interacciones con los medios de comunicación. Por ejemplo, en su Opinión Formal 480 (en inglés) de 2018, el Comité Permanente de Ética y Responsabilidad Profesional de la ABA determinó que los abogados que escriben en un blog o participan de otra manera en comentarios públicos no pueden revelar información relacionada con la representación de un cliente.
Por lo tanto, no es de extrañar que los abogados no deben revelar información confidencial relacionada con su representación actual de los clientes en un caso litigado, ya sea en línea o en los medios de comunicación tradicionales. Se necesita el consentimiento informado de un cliente antes de tomar cualquier acción que pueda potencialmente divulgar información confidencial, incluso si esa información ha pasado a formar parte del dominio público. (Véase: ABA Formal Op. 18-480 (en inglés)).
Imparcialidad y Decoro del Tribunal
La Regla 3.5 de las Reglas Modelo de la ABA (en inglés) (Imparcialidad y Decoro del Tribunal) establece que un abogado no debe incurrir en comportamientos que podrían interferir con la imparcialidad de un procedimiento. Los comportamientos prohibidos según esta regla incluyen:
- Tratar de influir en los jueces, jurados, posibles jurados u otros funcionarios utilizando medios prohibidos.
- Comunicaciones exparte durante un procedimiento, a menos que lo autorice la ley o una orden judicial.
- Comunicaciones con jurados o posibles jurados después de la liberación del jurado cuando la comunicación está prohibida por la ley o la orden del tribunal, el jurado ha expresado su deseo de no comunicarse, o la comunicación implica tergiversación, coerción, coacción o acoso de otra manera.
- Otras conductas destinadas a perturbar un tribunal.
Esta norma puede interpretarse como la prohibición de cualquier conducta que pueda inhibir la apariencia de imparcialidad en un asunto en litigio. Esto significa que los abogados deben ser especialmente cautelosos en cualquier interacción en las redes sociales con los jueces, las partes o los testigos, incluso si esa interacción es simplemente una publicación o comentario público.
Además, los abogados deben tener precaución al hablar públicamente sobre cualquier asunto en litigio, ya sea con los medios de comunicación o con cualquier otra persona. Deben tener cuidado de evitar declaraciones que puedan interpretarse como un esfuerzo por influir en el resultado del procedimiento en curso.
Por último, es importante recordar que si los abogados no pueden hacer el comentario o compartir una declaración en línea, también deben evitar inducir a cualquier otra persona a hacerlo. Incluso si no es la intención del abogado eludir sus obligaciones profesionales, este comportamiento podría interpretarse como una violación de la Regla 3.5.
Publicidad del Juicio
Al igual que la Regla 3.5 está concebida para preservar la imparcialidad del tribunal, la Regla Modelo 3.6 (en inglés) (Publicidad del Juicio) también pretende evitar que se influya en el resultado del procedimiento mediante campañas publicitarias.
Según la norma, cualquier abogado que haya participado en un asunto no puede hacer ninguna declaración extrajudicial que tenga una probabilidad razonable de ser difundida públicamente y que tenga un impacto perjudicial sustancial en un procedimiento. Así, la norma general exige que los abogados eviten cuidadosamente hacer declaraciones a los medios de comunicación, a través de las redes sociales o por otros medios que puedan afectar potencialmente la naturaleza imparcial de un procedimiento judicial.
Sin embargo, existen varias excepciones enumeradas a esta regla general, incluyendo, pero no limitándose a, la posibilidad de compartir información sobre las identidades de las partes, la demanda y la información disponible públicamente. Además, la Regla 3.6(c) permite al abogado hacer las declaraciones que considere necesarias para moderar los impactos perjudiciales sustanciales e indebidos de la publicidad no iniciada por el abogado o el cliente del abogado.
Por ejemplo, las excepciones teóricamente permitirían a un abogado contrarrestar las declaraciones hechas por la parte contraria que podrían causar un impacto sustancialmente perjudicial en su cliente. Sin embargo, esta excepción debe utilizarse con moderación y sólo en la medida necesaria para mitigar los efectos perjudiciales de la publicidad en cuestión.
Otras Normas Implicadas en los Comentarios Públicos
Como los abogados saben, prácticamente ninguna ley (y prácticamente ninguna norma) está aislada. Por el contrario, suelen formar una compleja red de principios interrelacionados. Por lo tanto, las normas éticas adicionales a menudo afectan la forma en que los abogados pueden interactuar con los medios de comunicación y el público, tanto en línea como en persona.
Por ejemplo, la Regla Modelo 4.2 (en inglés) (Comunicación con la Persona Representada por el Abogado) y la Regla Modelo 4.3 (en inglés) (Trato con la Persona No Representada) regulan, respectivamente, la forma en que un abogado puede interactuar con las personas representadas y con las personas no representadas. Por lo general, los abogados no pueden comunicarse con las personas representadas sobre el tema de la representación, lo que significa que los abogados podrían tener que considerar cuidadosamente las respuestas en los hilos de comentarios en las redes sociales, donde la identidad de una persona, y su estado de representación, podría no ser inmediatamente clara. Además, los abogados deben tener precaución en las comunicaciones con personas no representadas para evitar malentendidos sobre el papel de un abogado en un asunto o para evitar crear conflictos de intereses.
Como otro ejemplo de una obligación ética que podría afectar a la actividad de un abogado en las redes sociales o en otras comunicaciones, la Regla Modelo 7.1 (en inglés) de la ABA (Comunicaciones Relativas a los Servicios de un Abogado) prohíbe a un abogado participar en comunicaciones falsas o engañosas sobre sus servicios. Los abogados no deben prometer resultados ni comercializar o discutir de forma engañosa sus servicios.
Lo Que Debería o No Debería Hacerse en las Interacciones Éticas en las Redes Sociales y Fuera de Ellas
Las reglas fundamentales de la interacción con los medios de comunicación, así como con el público en general, tanto en los espacios digitales como en los no digitales, están diseñadas para proteger los intereses de los clientes al tiempo que promueven la honestidad y la imparcialidad en el sistema legal. Cuando se considera a través de esta lente de imparcialidad fundamental, la ética de la actividad en los medios sociales y las interacciones con los medios de comunicación puede ser mucho menos intimidante para el abogado promedio. Sin embargo, ¡unos cuantos consejos adicionales nunca hacen daño a nadie!
A continuación, te sugerimos algunas formas de evitar infringir inadvertidamente tus obligaciones profesionales, especialmente cuando se trata de la actividad mediática que puede seguir a un litigio de gran repercusión.
Qué Evitar:
- Publicaciones o comentarios anónimos en las redes sociales cuando se actúa profesionalmente. Si no puedes decirlo con tu nombre, probablemente no deberías decirlo. Además, ocultar tu identidad aumenta el riesgo de que infrinjas inadvertidamente las normas que prohíben las interacciones engañosas con clientes y otras personas.
- Verdades parciales o comentarios que omiten hechos integrales. Aunque no cabe duda de que hay que proteger la confidencialidad del cliente y no se debe compartir información sin el consentimiento informado, compartir sólo verdades parciales también podría ponerte en aprietos en lo que respecta a tus obligaciones éticas.
- “Hacer amistad” con los jueces, las partes y los testigos. Aunque puede haber quienes no están de acuerdo con las mejores maneras de gestionar su red profesional y sus relaciones personales en línea, una buena regla general es evitar ser amigo en las redes sociales de los jueces que llevan tu caso o casos, de las partes en los asuntos litigiosos y de los posibles testigos. Esto ayuda a evitar cualquier apariencia de impropiedad o accidentes en tu asunto. Como un extra, este curso de acción también puede ayudarte a evitar algunos problemas éticos potenciales en torno a las pruebas encontradas en las redes sociales, ya que algunas jurisdicciones y colegios de abogados han encontrado que no es ético participar en “hacer amistades” de manera depredadora o utilizar pruebas encontradas en las redes sociales pero que no se hicieron disponibles públicamente. (Véase: Philadelphia Bar Association Opinion 2009-2 (en inglés))
- Comentar los asuntos activos. En caso de duda, evita hacer comentarios públicos sobre tus asuntos activos. Aunque ciertamente existen excepciones a todas las reglas y las reglas modelo ofrecen espacios en los que un abogado puede efectivamente comentar públicamente en línea y en persona sobre los asuntos, evitar estos comentarios a menos que sea absolutamente necesario puede ayudarte a no incumplir una obligación profesional.
Qué Hacer:
- Sé transparente. Intenta siempre ser transparente sobre tu licencia y tu papel en cualquier asunto. No intentes ocultar cosas cuando se trate de tu identidad o de actividades profesionales no confidenciales.
- Mantén las conversaciones legales de manera general. Lo ideal es mantener cualquier conversación sobre temas legales informativa. Evita crear relaciones de cliente inadvertidamente o engañar a la gente sobre tu papel en un asunto. No tengas miedo de incluir descargos de responsabilidad cuando sea necesario.
- Aconseja al personal de tu despacho a ser precavido. Si no debes incurrir en esa conducta como abogado, también debes aconsejar a tu personal a que evite incurrir en ella. Los asistentes legales, las secretarias y el resto del personal de la oficina deben ser instruidos sobre las acciones e interacciones permitidas para que no te causen infringir inadvertidamente en tus obligaciones profesionales a través de su conducta personal.
- Obtén el consentimiento del cliente. Si tienes la intención de compartir información sobre un asunto en tus cuentas de redes sociales o si estás pensando en hacer una declaración sobre un asunto a los medios de comunicación tradicionales, asegúrate de haber discutido el plan con tu cliente y de tener su pleno consentimiento para discutir públicamente el asunto para no incumplir ningún deber de confidencialidad.
Ve esta lista de reproducción de Justia Webinar en YouTube.
Reflexiones Finales: ¿Por Qué Debe Importarte?
La mayoría de los abogados nunca infringirían intencionadamente sus obligaciones éticas. Sin embargo, muchos problemas éticos surgen de acciones inadvertidas que se realizan con las mejores intenciones. Comprender de una mejor manera los posibles riesgos éticos al hablar de litigios y otros asuntos legales a través de varios canales puede ayudarte a mantenerte en el camino correcto y evitar asuntos disciplinarios.
Descargo de Responsabilidad: La información contenida en esta publicación (“publicación”) se proporciona únicamente con fines informativos generales, y puede no reflejar la legislación vigente en tu jurisdicción. Ninguna información contenida en esta publicación debe ser interpretada como asesoramiento legal de Justia Inc. o del autor individual, ni pretende ser un sustituto de asesoría legal sobre cualquier tema.
Ningún lector de esta publicación debe actuar o abstenerse de actuar fundado en cualquier información incluida en, o accesible a través de esta publicación sin buscar el asesoramiento legal o profesional apropiado de un abogado en el estado del destinatario, país u otra jurisdicción de licencia apropiada, sobre los hechos y circunstancias particulares en cuestión.
Publicaciones Relacionadas- Por Si Te lo Perdiste: Opinión Ética Formal del Colegio de Abogados de Estados Unidos Sobre Cómo Responder a la Crítica en Internet
- Cuatro Reglas de la Gestión de la Reputación de Redes Sociales Para los Comentarios de los Usuarios
- Ética Legal y Coronavirus: Soluciones Tecnológicas Para la Salud, la Seguridad y la Eficiencia
Read this post in English at Justia Onward.
Justia ofrece sitios web premium, blogs y servicios de online marketing para firmas de abogados. Contamos con años de experiencia inigualable ayudando a firmas de abogados a crecer. Sin importar si apenas empiezan sus esfuerzos de marketing digital o ya cuentan con un sitios web y blog, tenemos soluciones que le ayudarán a potencializar su firma al siguiente nivel. Además de nuestros servicios web y servicios de blog, también ayudamos a nuestros clientes con contenido, directorio de abogados, redes sociales, SEO local y Manejo de PPC. Contáctenos para obtener mayor información, o llámenos al (888) 587-8421.